Publican en Gaceta Ley de Salud Pública

La Ley 165 de Salud Pública, publicada este 23 de enero en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, consolida un marco jurídico integral, innovador y humanista que reafirma la salud como derecho universal.

Así expresó la viceministra primera Tania Margarita Cruz Hernández en encuentro con la prensa, al destacar que la norma incorpora los avances científicos alcanzados por el sistema nacional de salud y se adapta a los retos demográficos y económicos actuales. Subrayó que la Ley se inscribe en los principios del sistema cubano, que reconoce la atención, protección y recuperación de la salud como un derecho ciudadano, y la organización de los servicios como responsabilidad del Estado. “La actualización del marco legal era imprescindible para dar respaldo jurídico a programas y estrategias que han demostrado eficacia en la atención comunitaria, como el Programa del Médico y la Enfermera de la Familia, y para garantizar que los logros científicos y tecnológicos se traduzcan en beneficios tangibles para la población”, manifestó.

Por su parte, la viceministra de Salud Carilda Peña García significó que para el área de Higiene, Epidemiología y Microbiología resulta muy favorable contar con un instrumento jurídico como el publicado ya en Gaceta “que respalda sus funciones, con énfasis en la prevención de enfermedades y daños a la salud”. Asimismo señaló que “el hecho de considerar la salud como producto social obliga a gestar y desarrollar acciones de protección desde la comunidad, donde se generan las actividades del hombre como ser social, y donde la participación activa de las familias y los Consejos Populares resulta esencial”.

En ese sentido, resaltó la importancia de la sección segunda del Capítulo I, específicamente el artículo 70, que hace referencia al Consejo de Salud como espacio comunitario e integral, siempre con la asesoría técnica del Ministerio de Salud Pública, y que, aunque este Consejo existía con anterioridad, el hecho de estar refrendado por la Ley otorga mayor robustez al trabajo de los Consejos Populares y fortalece la articulación entre las estructuras locales y el sistema nacional. 

La viceministra enfatizó posteriormente que el artículo 72, sobre el control y prevención de enfermedades, refuerza la responsabilidad del sector en todos los niveles y que este respaldo legal garantiza la rapidez en la respuesta sanitaria y la implementación de medidas necesarias en pos de proteger la vida.

En su exposición, la directora jurídica del Minsap, Dagmara Cejas Bernet, precisó que el proceso de implementación de la Ley contempla un plazo de noventa días para su entrada en vigor, “durante el cual el Ministerio de Salud Pública trabaja de manera ininterrumpida en la elaboración y revisión de normas complementarias y otros instrumentos jurídicos”.

Señaló que diversos grupos multidisciplinarios e intersectoriales participan en este esfuerzo, “con el propósito de acompañar la nueva Ley con reglamentos, protocolos de atención y guías de buenas prácticas que aseguren su aplicación efectiva en todos los ámbitos”.

Cejas Bernet detalló que el Ministerio de Salud Pública cuenta con un plan legislativo anual que forma parte del sistema de trabajo del organismo, en el cual se incluyen más de cien normas jurídicas en vías de elaboración, organizadas en un cronograma con diferentes etapas. “Entre ellas -dijo- se priorizan aquellas de mayor impacto para la implementación de la Ley, como el reglamento general de hospitales y policlínicos, las disposiciones sobre consentimiento informado, la regulación de la infección sanitaria estatal, así como los temas vinculados a la ética médica y al capital humano”.

En sus valoraciones, la directora nacional de Docencia, Fidela Reyes Obediente, abordó que la disposición establece que el Ministerio de Salud Pública continuará desempeñando un papel esencial en la formación de los profesionales de la salud, conduciendo su desarrollo continuo y asegurando la preparación de técnicos medios y obreros calificados, una característica particular que distingue al organismo frente a otros ministerios. Explicó que la nueva Ley respalda la ampliación de la formación en el posgrado, donde hoy se cuenta con 69 especialidades, además de 12 carreras universitarias y 22 centros de Enseñanza Superior de Ciclo Corto, que permiten diversificar la preparación de los futuros profesionales. 

Reyes Obediente añadió que también se forman seis especialidades técnicas medias y obreros calificados, lo que garantiza que cada profesional esté preparado para integrarse a la red de instituciones de salud del país. “Esta característica fundamental de la formación en el sector- insistió- se fortalece con la nueva Ley, que otorga respaldo jurídico a la continuidad y expansión de estos programas educativos”. 

Continuó exponiendo que la Ley 165 consolida la misión del Ministerio de Salud Pública como organismo rector no solo en la atención médica, sino también en la formación integral de los recursos humanos, asegurando que cada médico, enfermera, técnico y trabajador calificado cuente con las herramientas necesarias para responder a las demandas de la sociedad cubana y a los retos del sistema nacional de salud.

Una Ley esencial para el cuidado de la vida

En el espacio de intercambio, la directora de Asistencia Médica, Ailuj Casanova, resaltó que el sistema de salud cubano cuenta con una amplia red de instituciones clasificadas en tres niveles de atención —primario, secundario y terciario—, lo que constituye una fortaleza esencial para garantizar cobertura nacional y equidad en el acceso. Explicó que en el primer nivel, la atención primaria, el Programa del Médico y la Enfermera de la Familia asegura herramientas como la dispensarización, que permite identificar y clasificar a cada paciente en grupos de seguimiento diario. 

“Este planteamiento se vincula directamente con la “Ley 165: Ley de Salud Pública”, que reconoce la atención primaria como eje estratégico del sistema y le otorga respaldo jurídico a programas comunitarios que han demostrado eficacia en la prevención y el control de enfermedades, pues la norma refuerza la responsabilidad del Estado en garantizar que cada nivel de atención funcione de manera articulada, asegurando continuidad y calidad en los servicios”, indicó. 

Casanova comentó que el segundo nivel, conformado por la red de hospitales en todo el país y el tercer nivel, integrado por institutos y hospitales especializados, encuentran también sustento en la Ley, que establece la organización jerárquica y funcional del sistema nacional de salud. De esta manera, la legislación no solo refrenda la estructura existente, sino que fortalece su misión de brindar atención integral, desde la comunidad hasta los servicios de alta complejidad. 

Finalmente, la directora de Ciencia e Innovación Tecnológica del Minsap, Ileana Morales Suárez, afirmó que la Ley 165 ya puede considerarse una ley histórica para el desarrollo presente y futuro de la salud pública cubana, pues ratifica a la salud como un bien único y de la sociedad. Ponderó que este reconocimiento tiene un alto significado, porque compromete aún más al sector con la labor que desarrolla a diario y constituye una expresión del principio de que la salud es un constructo social. 

Morales Suárez ratificó que en su letra se muestra a  la salud como un bien de gran utilidad social, pues la reconoce como fenómeno en el cual participan todos, mucho más allá del propio ministerio y del sistema de salud. “Este carácter social está condicionado por elementos demográficos, ambientales y biológicos, lo que refuerza la visión integral y multidimensional de la nueva norma”.

Concluyó que la Ley 165 no solo fortalece la institucionalidad del sistema nacional de salud, sino que también consolida la idea de que la salud es un bien colectivo, inseparable de la participación social y de los factores que inciden en la vida cotidiana de la población cubana.

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